Analisis Actualidad Chile 11 Oct 2019

Ahora más gasto

Cada vez son más las voces, incluso dentro del BCE, que reconocen el efecto limitado de la actual política de tipos de interés negativos para lograr un mayor crecimiento económico. En las últimas semanas, tanto Draghi como su sucesora Lagarde, han instado a los países con margen suficiente, a utilizar la política fiscal para generar crecimiento.

En román paladino, están pidiendo, principalmente a Alemania, que aumente el gasto público a través de un plan de inversiones para aumentar el crecimiento del conjunto de la Eurozona. Alemania presenta un superávit presupuestario de cerca del 2% de su PIB, situación excepcional en Europa. Por lo tanto, aunque el país teutón pusiera en marcha un plan de inversiones plurianual, sus cuentas públicas seguirían saneadas y equilibradas. Aun así, las reticencias de las autoridades alemanas a incrementar el gasto público son considerables.

Con la actual política del BCE de tipos de interés negativos durante un prolongadísimo periodo de tiempo, se transmite el mensaje de un bajo crecimiento durante un periodo igual de prolongado, en el mejor de los casos. Un evento externo como un recrudecimiento de la guerra comercial de EE.UU. contra el resto del mundo, o un no deseado conflicto en Oriente Medio que disparara el precio del petróleo durante unos cuantos trimestres, abocaría a la economía europea a la recesión. En ese eventual escenario el margen de actuación del BCE sería muy reducido.

Incluso sin llegar a dicho escenario, la presión política solicitando una mayor intensidad de la política fiscal en Europa acabará teniendo su efecto. Lo que de forma eufemística se está pidiendo es un mayor gasto público para, en teoría, aumentar el crecimiento. Esta petición merece algunas precisiones:

- Cuando se reclama una mayor "política fiscal", en realidad lo que se pide es la existencia de un mayor déficit público que, una vez más, sobrepasaría los límites (repetidamente incumplidos) fijados en los distintos Planes de Estabilidad y Crecimiento acordados por cada país con las autoridades europeas.

- Curiosamente, el mayor déficit público no se plantea por una reducción de los impuestos para que sean los ciudadanos y las empresas los que decidan qué hacer con su dinero, sino a través de un mayor gasto público.

- La experiencia demuestra que un mayor gasto público no significa en absoluto un gasto eficiente de los recursos. Más vale no recordar el lamentable PLAN E que dilapidó 12.000 millones de euros en gasto público.

- Los que plantean un incremento de la política fiscal, es decir, un aumento del gasto público y, por tanto, del déficit público, no mencionan quién será el que adquiera la nueva deuda pública. Evidentemente todo apunta a que sea el BCE quien acabe comprando el aumento de deuda pública de los distintos países de la Eurozona.

De nuevo hay que estar preparados para lo impensable. Los tipos de interés negativos eran impensables hace escasos años. Lo próximo "impensable" será que los Estados tengan mayores déficits, los Tesoros de los distintos países emitan deuda para financiar dichos déficits y el BCE compre dichos bonos. Así de sencillo.

A pesar de que Japón lleva años con esta política, el sentido común dice que es imposible mantener dicha política en el tiempo sin efectos secundarios tremendamente perniciosos. Si crear dinero de la nada para financiar gasto público, no necesariamente eficiente, no tiene consecuencias negativas, se habría descubierto la fórmula mágica para acabar con el hambre en el mundo.


El presente artículo de opinión no presta asesoramiento financiero personalizado. Ha sido elaborado con independencia de las circunstancias y objetivos financieros particulares de las personas que lo reciben. El inversor que tenga acceso al presente artículo de opinión debe ser consciente de que los valores, instrumentos o inversiones a que el mismo se refiere pueden no ser adecuados para sus objetivos específicos de inversión, su posición financiera o su perfil de riesgo ya que éstos no han sido tomados en cuenta para la elaboración del presente artículo de opinión, por lo que debe adoptar sus propias decisiones de inversión teniendo en cuenta dichas circunstancias y procurándose el asesoramiento específico y especializado que pueda ser necesario.

El contenido del presente documento así como los datos, opiniones, estimaciones, previsiones y recomendaciones contenidas en el mismo, han sido elaborados por el autor / es con la finalidad de proporcionar a sus clientes información general a la fecha de emisión del artículo de opinión y está sujeto a cambios sin previo aviso. Este documento está basado en informaciones de carácter público y en fuentes que se consideran fiables, pero dichas informaciones no han sido objeto de verificación independiente por cualquiera de las entidades del Grupo Renta 4 por lo que no se ofrece ninguna garantía, expresa o implícita en cuanto a su precisión, integridad o corrección.

El Grupo Renta 4 no asume compromiso alguno de comunicar dichos cambios ni de actualizar el contenido del presente documento. Ni el presente documento ni su contenido constituyen una oferta, invitación o solicitud de compra o suscripción de valores o de otros instrumentos o de realización o cancelación de inversiones, ni puede servir de base a ningún contrato, compromiso o decisión de ningún tipo.

El Grupo Renta 4 no asume responsabilidad alguna por cualquier pérdida directa o indirecta que pudiera resultar del uso de este documento o de su contenido. El inversor tiene que tener en cuenta que la evolución pasada de los valores o instrumentos o resultados históricos de las inversiones, no garantizan la evolución o resultados futuros.

El precio de los valores o instrumentos o los resultados de las inversiones pueden fluctuar en contra del interés del inversor incluso suponerle la pérdida de la inversión inicial. Las transacciones en futuros, opciones y valores o instrumentos de alta rentabilidad (high yield securities) pueden implicar grandes riesgos y no son adecuados para todos los inversores. De hecho, en ciertas inversiones, las pérdidas pueden ser superiores a la inversión inicial, siendo necesario en estos casos hacer aportaciones adicionales para cubrir la totalidad de dichas pérdidas.

Por ello, con carácter previo a realizar transacciones en estos instrumentos, los inversores deben ser conscientes de su funcionamiento, de los derechos, obligaciones y riesgos que incorporan, así como los propios de los valores subyacentes de los mismos. Podría no existir mercado secundario para dichos instrumentos.

Cualquier entidad integrante del Grupo Renta 4 o cualquiera de las IICs o FP gestionados por sus Gestoras, así como sus respectivos directores o empleados, pueden tener una posición en cualquiera de los valores o instrumentos a los que se refiere el presente documento, directa o indirectamente, o en cualesquiera otros relacionados con los mismos; pueden negociar con dichos valores o instrumentos, por cuenta propia o ajena, proporcionar servicios de asesoramiento u otros servicios al emisor de dichos valores o instrumentos, a empresas relacionadas con los mismos o a sus accionistas, directivos o empleados y pueden tener intereses o llevar a cabo cualesquiera transacciones en dichos valores o instrumentos o inversiones relacionadas con los mismos, con carácter previo o posterior a la publicación del presente artículo de opinión, en la medida permitida por la ley aplicable.

El Grupo Renta 4 tiene implementadas barreras de información y cuenta con un Reglamento Interno de Conducta de obligado cumplimiento para todos sus empleados y consejeros para evitar o gestionar cualquier conflicto de interés que pueda aflorar en el desarrollo de sus actividades.

Los empleados de cualquiera de las entidades del Grupo Renta 4 puede proporcionar comentarios de mercado, verbalmente o por escrito, o estrategias de inversión a los clientes que reflejen opciones contrarias a las expresadas en el presente documento.

Ninguna parte de este documento puede ser: (1) copiada, fotocopiada o duplicada en ningún modo, forma o medio (2) redistribuida o (3) citada, sin permiso previo por escrito de Renta 4. Ninguna parte de este artículo de opinión podrá reproducirse, llevarse o transmitirse a aquellos países (o personas o entidades de los mismos) en los que su distribución pudiera estar prohibida por la normativa aplicable. El incumplimiento de estas restricciones podrá constituir infracción de la legislación de la jurisdicción relevante.

El sistema retributivo del autor/es del presente artículo de opinión no está basado en el resultado de ninguna transacción específica de banca de inversiones.