Analisis Actualidad Chile 12 Feb 2021

Imposible sólo hasta mañana

La sociedad europea actual adolece de una falta de compromiso hacia la palabra dada y los acuerdos alcanzados entre las partes. Esto lleva a que los acuerdos, o incluso las normas, se pongan en cuestión por los motivos más diversos.

En la última semana ha sido motivo de debate la solicitud de condonación de la deuda pública en manos del BCE, petición realizada por relevantes figuras de los dos partidos que componen el Gobierno español. Como no podía ser de otra manera, enseguida han salido voces desde el propio BCE (Lagarde y De Guindos), desde el mismo Gobierno (la ministra Nadia Calviño) y un largo ramillete de economistas argumentando que dicha medida iría contra los tratados europeos y contra las normas de funcionamiento del BCE. Lamentablemente, la experiencia de los últimos años indica que, aunque los tratados sean claros al respecto, siempre se puede encontrar la forma de sortear la norma y lograr el fin buscado, aunque mate el espíritu de los tratados.

 

 

Actualmente la cantidad de deuda pública española en manos del BCE asciende a casi 300 mil millones de euros, o un 25% del total de la deuda española. Con los programas de compras de bonos anunciados, esta cantidad se incrementará en casi otros 100 mil millones de euros durante este ejercicio. El BCE previsiblemente añadirá a su balance un volumen de bonos equivalente a todo el déficit público español estimado en este ejercicio.

Si se hace un poco de historia de las actuaciones del BCE y de las autoridades de la Eurozona es fácil comprobar como los tratados y las normas de funcionamiento del BCE han sido adaptadas en la práctica, aunque dichas decisiones evidentemente han ido contra el espíritu de las normas. Algunos casos concretos.

- Criterios de convergencia. Los límites máximos de déficit y deuda del 3% y 60% sobre el PIB respectivamente, son sólo un vago recuerdo de lo que en el momento de la creación del euro se consideraban límites máximos que no deberían ser traspasados por ningún país. El incumplimiento de los mismos supondría la aplicación de sanciones al país en cuestión. Tras veinte años de existencia del euro y, a pesar de los incontables incumplimientos, ningún país ha recibido nunca una sanción por dichos incumplimientos. Nadie considera que aquellas normas, antes consideradas ineludibles, se vayan a aplicar a partir de ahora.

- El BCE tiene prohibido financiar a los Estados. Como el BCE no podía adquirir bonos de los distintos Estados miembros del euro, se llegó a la "solución imaginativa" de considerar que siempre que se adquiriera una cantidad de bonos de cada país equivalente a la participación de dicho país en el capital del BCE (clave de capital), no se consideraría financiación a los Estados. Con esta esta solución tan imaginativa, España ha conseguido que el BCE haya acabado adquiriendo y manteniendo en su balance 300 mil millones de euros en bonos del Tesoro español. Eso sí, como sólo suponen el 12% de las compras de bonos del BCE, no se considera financiación del Estado español. El sentido común dice otra cosa.

 

 

 

- Tipos de interés negativos. La RAE define tipo de interés como "retribución por el uso de una unidad de capital durante un período de tiempo". Es difícil entender que la retribución por el uso de algo pueda ser negativa. El hecho de llevar ya siete años con tipos de interés negativo no implica que deje de ser una aberración económica cuyas perversas consecuencias están por ver. Algo que era inimaginable, recibir intereses por pedir prestado, se ha convertido en normalidad.

- Condonación de deuda en el balance del BCE. Aunque sean unánimes las voces oficiales recalcando la imposibilidad de esta opción, el hecho es que parece una quimera que el BCE pueda reducir en algún momento el volumen de bonos que posee de la mayoría de los países de la Eurozona. El volumen de bonos en el balance del BCE no va a disminuir. El BCE irá reinvirtiendo en bonos de cada Estado según le venzan los que ahora mantiene en su balance. Además, ahora en la mayoría de los casos con tipos negativos, que en la práctica equivale a tener bonos perpetuos y a tipo cero o cercano a cero.

Con la reinversión permanente de los bonos a su vencimiento en nuevos bonos con tipos de interés cero o negativo se consigue el mismo efecto que convirtiendo los bonos en perpetuos y sin intereses. En la práctica equivale a una condonación de la deuda, pero se evita que se incumpla la literalidad de las normas y los tratados.

Hoy en día es difícil imaginar que los distintos países de la eurozona vayan a pagar sus deudas al BCE. Simplemente se refinanciarán y, a ser posible, a tipos de interés cero o negativos.

El incumplimiento reiterado de la palabra dada y del espíritu de las normas y los tratados empuja a pensar que esta vez tampoco será diferente.


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